Patinetes eléctricos en 2026: los requisitos que entrarán en vigor en octubre
Los usuarios también deberán señalizar las maniobras con el brazo y utilizar elementos reflectantes durante la noche o cuando haya poca visibilidad.
Nuevas obligaciones en toda España
Los conductores de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) tendrán que cumplir nuevos requisitos a partir del 1 de octubre de 2026.
La reforma del Reglamento General de Circulación establece una edad mínima de 15 años y obliga a utilizar un casco de protección homologado o certificado, correctamente abrochado. La medida se aplicará en todo el territorio nacional, con independencia de las exigencias adicionales que puedan establecer los ayuntamientos.
Elementos reflectantes durante la noche
Quienes circulen entre la puesta y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que reduzcan sensiblemente la visibilidad deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante que pueda verse desde una distancia mínima de 150 metros.
Aunque la Dirección General de Tráfico resume esta obligación con la referencia al chaleco reflectante, el texto publicado en el BOE permite utilizar otros elementos que cumplan los requisitos establecidos para los equipos de protección individual.
Para los profesionales que trabajen desplazándose en patinete, como algunos repartidores, sí será obligatorio utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad en todo momento y en cualquier tipo de vía.
Según la DGT, incumplir las obligaciones relativas al casco y a los elementos de visibilidad constituye una infracción grave, sancionada con 200 euros.
Los menores de 15 años no podrán conducirlos
La nueva regulación prohíbe conducir un VMP a los menores de 15 años. También obliga a los usuarios a advertir con el brazo de cualquier maniobra que vayan a realizar, de manera similar a la señalización empleada por los ciclistas.
Los vehículos de movilidad personal son aquellos dotados de una o más ruedas, una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, con una velocidad máxima de fabricación comprendida generalmente entre los 6 y los 25 kilómetros por hora.
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Las luces diurnas serán obligatorias en 2027
El reglamento establece que los VMP deberán circular siempre con el alumbrado encendido. Sin embargo, la obligación de utilizarlo durante el día no comenzará a exigirse hasta el 1 de octubre de 2027.
Hasta entonces, las luces seguirán siendo obligatorias entre el ocaso y la salida del sol y cuando las condiciones reduzcan la visibilidad.
Prohibidos en las aceras
La reforma mantiene la prohibición de circular con patinetes y otros vehículos por las aceras. En el resto de zonas peatonales, los ayuntamientos podrán autorizar su presencia mediante ordenanza, aunque los peatones conservarán siempre la prioridad.
Las administraciones municipales también continuarán determinando las calles y zonas por las que pueden circular estos vehículos y podrán establecer condiciones adicionales. La reforma estatal fija, no obstante, unas normas mínimas que deberán respetarse también en los municipios de Baleares.
Las nuevas medidas están recogidas en el Real Decreto 518/2026 y buscan reforzar la protección de unos usuarios especialmente expuestos en caso de accidente, según la información oficial de la DGT.