La nueva Ley del Suelo autoriza construir en suelo rústico con ciertos riesgos, salvo inundación
La nueva Ley del Suelo del Govern balear, ya publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (introduce una modificación que permite construir viviendas unifamiliares aisladas en suelo rústico, incluso en parcelas ubicadas en zonas consideradas de riesgo por incendios, erosión, deslizamientos o afección a acuíferos.
La única excepción se mantiene para las zonas incluidas en una Àrea de Prevenció de Riscos (APR) por inundación, donde sigue estando prohibido edificar.
Esta limitación fue introducida durante la tramitación parlamentaria tras el acuerdo entre los grupos del Govern y la oposición.
Según el texto legal, las construcciones estarán permitidas siempre que cuenten con los informes técnicos favorables correspondientes y se ubiquen fuera de las zonas señaladas como de riesgo de inundación. Incluso si una parte de la parcela se encuentra dentro de un área inundable, será posible construir siempre que la edificación se sitúe fuera de esa zona concreta.
Esta nueva regulación afecta directamente a la norma 19 del Plan Territorial Insular (PTI) de Mallorca, que hasta ahora mantenía la prohibición de construir en estas áreas. Con la disposición final quinceava de la nueva ley, el redactado anterior queda sustituido, y se vuelve a permitir la edificación en determinadas condiciones.
Desde el Govern señalan que esta modificación no está relacionada con la figura de los Proyectos Residenciales Estratégicos (PRE), que siguen teniendo sus propias limitaciones, especialmente en zonas de transición o suelo rústico protegido, así como en espacios incluidos en la Red Natura 2000.
La ley entra en vigor tras su publicación en el BOIB y permite ya una única interpretación clara del régimen de construcción en suelo rústico, eliminando las dudas generadas en los últimos años por la coexistencia de normas autonómicas y del PTI.