PP denuncia ante la Comisión Europea el grave fallo del sistema de pulseras antimaltrato en España
Rosa Estarás advierte de que pueden haberse violado hasta cuatro directivs europeas.
“Las víctimas no pueden quedar desprotegidas por negligencia en la gestión de un contrato público, el Gobierno debe dar explicaciones”.
La eurodiputada del Partido Popular, Rosa Estarás, ha elevado a la Comisión Europea una pregunta parlamentaria ante los graves fallos sufridos por el sistema de control telemático de medidas cautelares en casos de violencia de género —pulseras antimaltrato— que se ha prolongado durante al menos ocho meses tras el cambio de empresa adjudicataria del servicio.
Durante este periodo, diversos juzgados recibieron notificaciones oficiales de que no era posible instalar nuevos dispositivos ni sustituir los defectuosos, lo que dejó a numerosas víctimas en situación de riesgo. La propia Fiscalía General del Estado ha reconocido que esta situación ocasionó sobreseimientos provisionales y absoluciones de maltratadores.
Rosa Estaràs advierte a la Comisión de que España podría haber vulnerado varias normas comunitarias, entre ellas la Directiva 2012/29/UE, que obliga a garantizar medidas de protección efectivas a las víctimas de delito, la
Directiva 2011/99/UE, relativa a la Orden Europea de Protección (OEP); la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública, por no asegurar la continuidad de un servicio esencial así como la Directiva 2024/1385, sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, actualmente en fase de trasposición.
“Las víctimas no pueden quedar desprotegidas por negligencia en la gestión de un contrato público. El Gobierno socialista debe dar explicaciones y la Comisión Europea debe valorar si procede abrir un procedimiento de infracción ante la indefensión de las víctimas y la vulneración de sus obligaciones de respeto al derecho comunitario”, ha subrayado Estaràs.
“España, al permitir que durante ocho meses las pulseras de control antimaltrato no funcionaran correctamente, ha fallado en garantizar un nivel efectivo de protección a las víctimas de violencia de género y delitos sexuales, añadió la eurodiputada.
Asimismo, si las pulseras estaban vinculadas a órdenes de alejamiento u otras medidas cautelares, la incapacidad del sistema para garantizar el seguimiento real del agresor podría haber dejado sin efecto práctico la protección transfronteriza que garantiza la OEP (Orden Europea de Protección). Esto erosiona la confianza mutua entre los socios europeos, principio esencial del espacio de libertad, seguridad y justicia, recogido en el artículo 67 del Tratado de funcionamiento de la UE.
En cuanto al análisis desde el punto de vista jurídico de un servicio público, si no se incluyeron garantías técnicas suficientes, o si se adjudicó sin salvaguardar la continuidad de este servicio considerado “esencial”, podría haber incumplido la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública que establece el principio de buena gestión de los contratos y de continuidad de los servicios públicos esenciales