El hermano de Pedro Sánchez condenado a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por prevaricación
David Sánchez ha sido condenado como cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa, mientras que el expresidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, recibe la misma pena por dos delitos de prevaricación.
La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo al considerarlo cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa.
La sentencia también condena al expresidente de la Diputación de Badajoz y exsecretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, a dos penas de nueve años de inhabilitación por dos delitos de prevaricación administrativa.
La sentencia habla de un plan para favorecer al hermano del presidente
El tribunal sostiene que existen "múltiples indicios acreditados mediante prueba directa" que permiten concluir que ninguno de los acusados fue ajeno a un plan diseñado "por las más altas instancias de la Diputación de Badajoz" para crear una plaza que posteriormente fue adjudicada a David Sánchez.
Según la resolución, los once acusados actuaron siguiendo un "plan preconcebido" para favorecer al hermano del presidente mediante la creación de un puesto de coordinador de actividades de los conservatorios que considera "innecesario y vacío de contenido".
Una plaza creada con "opacidad e irregularidad"
La Audiencia señala que el puesto fue diseñado con condiciones laborales y retributivas propias del personal de alta dirección y que su adjudicación vulneró los principios de mérito y capacidad, además de tramitarse con "opacidad e irregularidad".
La sentencia añade que el posterior cambio de denominación del cargo, que pasó a ser jefe de la Oficina de Artes Escénicas, supuso una modificación sustancial de sus funciones para adaptarlas a los intereses personales de David Sánchez, especialmente vinculados a actividades operísticas.
También cuestiona la creación del puesto de un colaborador
El fallo considera igualmente injustificada la creación de otro puesto de alta dirección ocupado por Luis Carrero, amigo y colaborador de David Sánchez. A juicio del tribunal, esa plaza también carecía de funciones reales y tenía como único objetivo permitir que continuara colaborando con él en sus proyectos operísticos.
La resolución concluye que ambos puestos fueron creados con fondos públicos para que sus adjudicatarios pudieran desarrollar actividades ajenas a las funciones administrativas para las que habían sido nombrados. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.